punto de primer contacto

La Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes mandata que los municipios cuenten con un área o servidores públicos que fungirán como autoridad de primer contacto con niñas, niños y adolescentes y serán el enlace con las instancias locales y federales competentes, para trabajar en coordinación con la Procuraduría Local, especialmente en el momento para detectar y canalizar casos.

Las autoridades de primer contacto en los municipios son enlace entre niñas, niños y adolescentes con las autoridades de los tres niveles de gobierno. (LGDNNA, 2014).